Alquiler de Contenedores

Soluciones rápidas para la gestión de residuos en toda la zona. Contenedores de todos los tamaños para particulares y empresas.

Contenedores Cuesta S.L

Nuestro trabajo

Soluciones a Medida

En Contenedores y Excavaciones Cuesta S.L., ofrecemos un servicio especializado de alquiler de contenedores para facilitar la limpieza y el desescombro de sus proyectos. Asesoramos personalmente a cada cliente sobre el equipo que mejor se adapta a su ubicación y al tipo de residuo.

Nuestra flota logística nos permite posicionar los contenedores incluso en zonas de acceso complicado, garantizando siempre la máxima seguridad para el entorno. Ya sea para una reforma particular o una promoción industrial, nuestro compromiso es la puntualidad y la limpieza

Nuestro trabajo

Soluciones a Medida

En Contenedores y Excavaciones Cuesta S.L., ofrecemos un servicio especializado de alquiler de contenedores para facilitar la limpieza y el desescombro de sus proyectos. Asesoramos personalmente a cada cliente sobre el equipo que mejor se adapta a su ubicación y al tipo de residuo.

Nuestra flota logística nos permite posicionar los contenedores incluso en zonas de acceso complicado, garantizando siempre la máxima seguridad para el entorno. Ya sea para una reforma particular o una promoción industrial, nuestro compromiso es la puntualidad y la limpieza

Contenedores Cuesta S.L

SERVICIO RÁPIDO Y PROFESIONAL EN TODA LA ZONA

Alquiler de Contenedores para Escombros y Residuos

Variedad de tamaños

Disponemos de contenedores adaptados a cualquier volumen de obra, desde pequeñas reformas domésticas hasta grandes proyectos de edificación.

Gestión legal de residuos

Somos transportistas autorizados. Nos encargamos de que sus escombros terminen en plantas de reciclaje oficiales, entregando la documentación necesaria.

Colocación y retirada inmediata

Servicio de entrega y recogida flexible. Nos adaptamos a sus horarios para no interrumpir el ritmo de su trabajo.

Precios sin sorpresas

Tarifas competitivas que incluyen el transporte y las tasas de vertedero, ofreciendo la mejor relación calidad-precio del mercado.

Como solicitar el alquiler de un contenedor

1. Ponerse en contacto con nosotros a través de nuestros teléfono, por medio de la Web o haciéndonos una visita a nuestras oficinas.

 2. Deberá tener reservado espacio para el contenedor antes de realizar el pedido,  este espacio tendrá que ser el mismo que para aparcar un turismo.

 Condiciones generales:

Tener a mano la autorización de la ocupación de la vía pública otorgada por el Ayuntamiento, en el caso de ser una población, o en la Junta Municipal. En el caso de ubicarse en una finca privada, no sería necesario tener la autorización de ocupación para el contenedor.

Se deberá tener reservado el espacio para la ubicación del contenedor en la vía antes de la llegada del vehículo porta-contenedores.

El cliente es responsable de la correcta ubicación del contenedor, que deberá colocarse sin sobresalir de la línea exterior formada por los vehículos correctamente estacionados.

La permanencia del contenedor en obra será de una duración máxima de 7 días. Si se excediese dicho tiempo, se procederá a la facturación de un nuevo período.

Si recibimos un comunicado por parte del Ayuntamiento o Junta Municipal que al encontrarse el contenedor lleno o que la vía se encuentra en estado de Evento, se procederá a la retirada del mismo.

– El cliente o arrendatario, de conformidad con lo establecido en el Art. 1555 del Código Civil, es responsable del correcto uso del contenedor durante el periodo de arrendamiento.

– El cliente o arrendatario se obliga a no llenar el contenedor, por encima del límite representado por sus aristas superiores, ni a colocar ningún suplemento en los laterales. La carga no podrá sobrepasar, en ningún caso, los bordes del contenedor

– El cliente o arrendatario será responsable de conformidad con lo establecido en el Art. 138.1 c de la LOTT y Ordenanzas Municipales, de cualquier infracción a la normativa sobre exceso de peso o llenado del contenedor, pudiendo ascender las sanciones desde 276,47 € a 2.764,66 €.

– Queda terminantemente prohibido depositar en el contenedor residuos tóxicos, peligrosos o reactivos, asumiendo la responsabilidad el arrendatario productor de los residuos de conformidad con la Ley 10/1998 de Residuos.

– El contenedor, una vez lleno, deberá ser retirado en el plazo máximo de 24 horas, para lo cual el arrendatario se obliga a comunicarlo con la debida antelación a nuestras oficinas.